Diario Oficial n° L 337 de 24/12/1994 P. 0083 - 0085

DIRECTIVA 94/66/CE DEL CONSEJO de 15 de diciembre de 1994 por la que se modifica la Directiva 88/609/CEE sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 130 S,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (2),

Con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 189 C del Tratado (3),

Considerando que los programas de acción de la Comunidad Europea en materia de medio ambiente de 1973 (4), 1977 (5), 1983 (6), 1987 (7) y 1993 (8) ponen de manifiesto la importancia de la prevención y la reducción de la contaminación atmosférica;

Considerando que la Directiva 88/609/CEE (9) no fija valores límite de emisión de SO2 para las nuevas instalaciones de una potencia térmica nominal comprendida entre 50 y 100 megavatios que utilicen combustibles sólidos; que, sin embargo, que su Anexo III indica que el Consejo, basándose en un informe de la Comisión, fijará los valores límite de emisión para dicha categoría de instalaciones;

Considerando el informe de la Comisión al Consejo sobre las disponibilidades de combustible con escaso contenido de azufre, que constata la mejora de la situación que había retrasado la fijación de dichos valores límite y, en particular, la disponibilidad en el mercado mundial de suficientes cantidades de carbón con bajo contenido de azufre; que la combustión de dicho carbón permite alcanzar emisiones de SO2 inferiores a 2 000 mg/Nm (*);

Considerando que, dados los daños causados al medio ambiente por la contaminación atmosférica, resulta necesario fijar en este nivel los valores límite de las emisiones procedentes de instalaciones de una potencia térmica nominal comprendida entre 50 y 100 megavatios,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

La Directiva 88/609/CEE se modifica como sigue: